La Ley de Inocencia Fiscal llegó para modificar un aspecto central en la relación entre el Estado y los argentinos: todos serán inocentes hasta que se demuestreLa Ley de Inocencia Fiscal llegó para modificar un aspecto central en la relación entre el Estado y los argentinos: todos serán inocentes hasta que se demuestre

Dólares del colchón: los errores que te dejan sin los beneficios y fuera del régimen simplificado

2026/03/06 17:00
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La Ley de Inocencia Fiscal llegó para modificar un aspecto central en la relación entre el Estado y los argentinos: todos serán inocentes hasta que se demuestre lo contario.

Para acceder a los beneficios que otorga la ley, los contribuyentes deberán inscribirse en el Régimen Simplificado de Ganancias (RSG), un esquema disponible para las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, quienes no deben superar ciertos umbrales (ingresos de hasta $ 1000 millones y bienes por hasta $ 10.000 millones) y no revestir la condición de “Gran Contribuyente Nacional”

Asimismo, el fisco no analizará el incremento patrimonial del contribuyente, incluyendo depósitos bancarios.

“Esto teniendo en cuenta los tres últimos períodos fiscales. No el período fiscal 2025, que es por el cual voy a adherir, sino los períodos fiscales 2022, 2023 y 2024. Lo mismo ocurre con los bienes: el monto es de 10.000 millones de pesos, pero en esos mismos tres períodos fiscales”, explicó Oscar Fernández, contador y especialista en Derecho Tributario, en el “Foro de Actualidad Tributaria” organizado por la Universidad Austral.

El especialista hizo hincapié en los períodos fiscales a raíz de la modificación del artículo 56 de la Ley de Procedimiento Tributario: se redujo de cinco a tres años el plazo de prescripción para ciudadanos que hayan cumplido en término con la presentación y pago del tributo.

Quienes adhieran obtendrán dos beneficios clave: el “efecto liberatorio del pago”, que libera al contribuyente de ajustes por el período base, y la “presunción de exactitud”, mediante la cual se presumirá que las declaraciones de los períodos no prescriptos de Ganancias e IVA son exactas; algo que los tributaristas denominan “tapón fiscal”.

“Al fisco solo le muestro mis ingresos, mis gastos y mis deducciones. El resto lo podrán verificar en una inspección, pero el fisco ya no lo ve más [en la declaración simplificada]”, detalló Fernández, quien a su vez remarcó “para gozar de estos beneficios tengo que presentar la declaración jurada en tiempo y forma”.

Los contribuyentes podrían perder los beneficios del régimen si ARCA detecta discrepancias significativas

No obstante, los contribuyentes que adhieran a la Declaración Simplificada de Ganancias podrían ser excluidos del esquema. ¿Cuándo? En circunstancias donde el fisco detecte discrepancias significativas sobre el período base (por ejemplo, en 2025):

  1. Superior al 15% del saldo del impuesto/materia imponible (entre lo declarado y la impugnación fiscal).
  2. Una diferencia superior a 100 millones de pesos.
  3. Detección de facturas apócrifas (en este caso no hay monto mínimo). Anula automáticamente todos los beneficios del régimen.

Ejemplos concretos: en qué casos ARCA puede excluirte del régimen simplificado de Ganancias

“El régimen obliga al tributarista a pensar como un planificador de eventos. No alcanza con mirar la actividad habitual. Hay que mirar si puede aparecer un evento extraordinario que te saque por el parámetro de los $ 1000 millones”, señaló Diego Fraga, socio de Expansion Business Argentina y uno de los oradores en el “Foro de Actualidad Tributaria”.

El abogado tributarista brindó ejemplos técnicos para entender cuándo y por qué el organismo recaudador te puede excluir.

Suponiendo que un contribuyente vende un activo grande (como acciones o una propiedad) por un valor superior a los $ 1000 millones, pero el precio de venta es menor al que él lo compró, uno puede pensar que, como no tuvo ganancia, no afecta su situación en el régimen.

Sin embargo, Fraga resaltó: “El tope para permanecer en el régimen se calcula sobre el ingreso bruto total, no sobre la rentabilidad. Aunque haya perdido plata, el volumen de la operación lo expulsa automáticamente por superar el límite de ingresos".

Otro caso podría ser el de un contribuyente que recibe una herencia o una donación importante de dinero o bienes por parte de un familiar. Pero el error, según destacó el especialista, es asumir que, como las herencias no pagan impuesto a las Ganancias (son ingresos no alcanzados), no cuentan para el régimen.

Una discrepancia significativa podría excluir a los contribuyentes del régimen simplificado

“La ley actual incluye en el tope de los $ 1000 millones a los ingresos gravados, no gravados y exentos [fuente argentina y extranjera]. Una herencia recibida puede sumar lo suficiente para que el contribuyente quede fuera del régimen para los años siguientes”, sostuvo Fraga.

En ese sentido, Nicolás Rubiolo, contador público y especialista en asuntos tributarios, consideró importante destacar “la importancia de la estricta confección de la declaración jurada del periodo base”, la cual les permitirá a los contribuyentes consolidar “bastantes riesgos retroactivos”.

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