En Washington se habla del “Supremo de Roberts” como si la Corte tuviera propietario. La etiqueta no es gratuita: John G. Roberts Jr. preside desde 2005 y, con ese tiempo, no solo ordenó mayorías; también moldeó el lenguaje con el que el país discute la separación de poderes. Su método suele ser el mismo: decisiones de apariencia técnica que, en el fondo, reescriben el perímetro de lo posible para el Ejecutivo, el Congreso y los tribunales.
Ese estilo quedó en evidencia en dos momentos que se miran en espejo. En 2024, Roberts firmó la opinión mayoritaria que amplió la inmunidad penal presidencial en la causa vinculada al intento de subvertir la certificación electoral tras el asalto al Capitolio. Dos años después, el mismo tribunal —con mayoría conservadora— invalidó una pieza clave de la política comercial de Donald Trump al concluir que la ley de emergencia económica (IEEPA) no habilita aranceles generalizados.
Roberts llegó a la presidencia de la Corte con un objetivo explícito: preservar la legitimidad del tribunal evitando que se lo vea como un actor partidario. En su práctica, esa “legitimidad” se traduce en dos obsesiones: proteger el poder institucional del Poder Judicial y, a la vez, delimitar el alcance de los otros poderes con decisiones que parezcan inevitables.
No es un juez de gestos dramáticos. Su influencia opera por arquitectura: cuándo definir una regla general, cuándo devolver un expediente a instancias inferiores, cuándo escribir una frase que luego se convierte en doctrina. Esa inclinación a “escribir el mapa” explica buena parte de su protagonismo en los casos vinculados a Trump.
El 1° de julio de 2024, la Corte resolvió Trump v. United States. La mayoría, con Roberts como redactor, sostuvo tres puntos que modificaron el estándar: inmunidad absoluta para actos dentro de competencias “conclusivas y exclusivas” del Presidente; inmunidad presunta para otros “actos oficiales”; ninguna inmunidad para actos privados.
El expediente no era abstracto: orbitaba sobre los intentos de revertir el resultado electoral de 2020 y sobre la secuencia que culminó el 6 de enero de 2021, cuando una turba irrumpió en el Capitolio durante el conteo y certificación del Colegio Electoral. La acusación federal describía un esfuerzo para “obstruir” un procedimiento esencial del Estado.
El punto decisivo no fue solo la regla de inmunidad, sino el método: la Corte no cerró el caso, pero lo devolvió para que el tribunal inferior clasificara cuáles conductas eran “oficiales” y cuáles “privadas”, con restricciones adicionales sobre qué evidencia puede usarse si está ligada a actos inmunes. En la práctica, ese retorno implicó demoras, litigios sobre la frontera entre lo oficial y lo personal y, por lo tanto, un cambio en el ritmo político y judicial del proceso.
Las consecuencias fueron dobles. En el plano institucional, la presidencia ganó un paraguas penal más amplio, cuya medida depende de cómo se defina “acto oficial”. En el plano político, el fallo alimentó una discusión sobre incentivos: si el riesgo penal se reduce para decisiones tomadas desde el cargo, la contención se desplaza hacia el Congreso —impeachment— o hacia la opinión pública.
El fallo arancelario de febrero de 2026 —también con mayoría conservadora— introduce un contraste significativo. Allí, la Corte sostuvo que, cuando el Congreso quiso delegar autoridad arancelaria en el Presidente, lo hizo de modo expreso, y que la IEEPA no alcanza para sostener gravámenes generalizados como instrumento de política económica en tiempos de paz.
El dato político es evidente: Trump reaccionó atacando a la Corte —incluidos jueces nombrados por él— y explorando otras vías legales para sostener su estrategia. El dato institucional es más importante: en comercio, Roberts parece volver al reflejo clásico del conservadurismo judicial estadounidense, que suele preferir delegaciones legislativas claras y desconfía del “gobierno por emergencia” cuando sustituye al Congreso.
En otras palabras: en 2024, Roberts ensanchó el escudo del Presidente frente al derecho penal; en 2026, su Corte recortó la discrecionalidad del Ejecutivo en política económica. No es contradicción. Es la lógica de un juez que protege el rol de la presidencia como institución —especialmente frente a la persecución penal por decisiones de gobierno—, pero que al mismo tiempo defiende el reparto de competencias cuando el Ejecutivo pretende sustituir al legislador.
La aparente paradoja —un Roberts que “ayuda” en inmunidad y “frena” en aranceles— dice menos sobre simpatías personales y más sobre el tipo de presidencia que la Corte está dispuesta a tolerar. Roberts luce cómodo con un Ejecutivo fuerte en su esfera propia, incluso con zonas de opacidad penal. Se muestra menos dispuesto a validar un Ejecutivo que reemplace al Congreso mediante atajos normativos.
Ese equilibrio es inestable. Y en un año de elecciones de medio término, con la popularidad presidencial bajo presión, cada límite judicial se transforma en un dato político. Pero, para Roberts, el objetivo no es ordenar la campaña: es escribir una jurisprudencia que sobreviva al próximo presidente.
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