La derogación de los regímenes de jubilaciones y pensiones de privilegio tendría un impacto fiscal significativo para el Estado nacional y esos números cobran uLa derogación de los regímenes de jubilaciones y pensiones de privilegio tendría un impacto fiscal significativo para el Estado nacional y esos números cobran u

La millonaria cifra que ahorraría el Estado si se derogan las jubilaciones de privilegio

2026/01/21 02:40

La derogación de los regímenes de jubilaciones y pensiones de privilegio tendría un impacto fiscal significativo para el Estado nacional y esos números cobran un impacto aún mayor en el medio del debate sobre una eventual reforma previsional impulsada desde el Gobierno nacional.

Según un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) al que accedió El Cronista, la eliminación de estos beneficios implicaría un ahorro anual estimado de $1,234 millones, como resultado de reemplazar asignaciones vitalicias no contributivas por prestaciones del régimen general o por la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

La expresidenta dejó de cobrar su asignación desde que fue recibió condena judicial firme.

El cálculo surge del análisis del Proyecto de Ley 3285-D-2024, que propone derogar una serie de normas que otorgan beneficios previsionales diferenciados a determinados exfuncionarios, magistrados y autoridades eclesiásticas.

El estudio fue realizado a pedido de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, que preside “Bertie” Benegas Lynch y compara el gasto actual con un escenario proyectado, bajo el supuesto de que los beneficios hoy vigentes se extinguen gradualmente y no se incorporan nuevos beneficiarios.

El detalle del ahorro, categoría por categoría

En el escenario actual, el gasto anual en asignaciones vitalicias alcanza los $1.614,8 millones. La mayor parte corresponde a los beneficios otorgados por la Ley 24.018:

  • Ex Presidentes y Vicepresidentes: $859,6 millones anuales.
  • Ex jueces de la Corte Suprema de Justicia: $709,5 millones.
  • Autoridades eclesiásticas (obispos, arzobispos y vicarios): $45,8 millones.
  • Sacerdotes seculares: actualmente no registran gasto, según datos oficiales.

En el escenario proyectado por la OPC, el gasto total se reduce a $ 380,6 millones anuales. Ese monto se compone de:

  • PUAM para eclesiásticos: $51,5 millones.
  • Jubilaciones para expresidentes, recalculadas según el proyecto: $169,1 millones.
  • Jubilaciones para ex jueces de la Corte Suprema, con tope del régimen general: $159,9 millones.

La diferencia entre ambos escenarios explica el ahorro neto de $1.234,3 millones por año, con el mayor ajuste concentrado en los beneficios de expresidentes, vicepresidentes y jueces del máximo tribunal.

El detalle sobre el escenario actual y el proyectado por la OPC

Qué dice el proyecto de ley

El proyecto firmado por Eduardo Falcone y Oscar Zago consta de cinco artículos. El primero deroga las leyes 21.540, 22.430, 22.731 y 24.018, que establecen asignaciones vitalicias y regímenes previsionales especiales para eclesiásticos, diplomáticos, magistrados y ex autoridades del Poder Ejecutivo. El segundo artículo dispone que las personas alcanzadas pasen a integrarse al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) bajo las reglas generales.

El tercer artículo crea una nueva asignación para el Presidente de la Nación, equivalente al 80% de la remuneración del cargo en ejercicio. El cuarto introduce un mecanismo de transición: invita a los actuales beneficiarios de la Ley 24.018 a renunciar voluntariamente a esos regímenes y optar por el nuevo esquema, respetando el principio de irretroactividad de la ley. El último artículo es de forma.

Además del recorte inmediato en las asignaciones vitalicias, la OPC destaca que, en el largo plazo, la eliminación de los regímenes especiales contributivos del Poder Judicial y del Servicio Exterior también mejora el resultado fiscal del sistema previsional, al reducir tasas de sustitución elevadas y alinear los beneficios con los topes del régimen general.

En un escenario de estabilización, el saldo positivo combinado de ambos regímenes mejoraría en casi $191.000 millones anuales.

Qué es el principio de irretroactividad y por qué complica el ahorro

Uno de los puntos centrales que atraviesa el debate por la derogación de las jubilaciones y pensiones de privilegio es el principio de irretroactividad de la ley, consagrado en el artículo 3 del Código Civil y Comercial.

Este principio impide que una norma nueva quite derechos adquiridos bajo un régimen anterior, lo que condiciona cualquier intento de eliminar de manera inmediata los beneficios previsionales ya otorgados. En la práctica, esto significa que el Congreso no puede anular automáticamente las jubilaciones o asignaciones vitalicias que hoy perciben exfuncionarios, magistrados o autoridades eclesiásticas.

Con ese límite jurídico como marco, el proyecto de ley opta por un esquema de derogación hacia adelante, que bloquea el ingreso de nuevos beneficiarios pero no extingue de forma directa los beneficios vigentes. El artículo 4 establece por eso un mecanismo de transición: el Poder Ejecutivo deberá invitar formalmente a los expresidentes, Vicepresidentes y demás alcanzados por la Ley 24.018 a renunciar voluntariamente a sus privilegios previsionales y optar por el nuevo régimen propuesto. La decisión queda en manos de cada beneficiario, justamente para evitar eventuales planteos de inconstitucionalidad.

Milei y Villarruel no cobrarían jubilaciones de privilegio al término de su mandato si se aprueba el texto.

Este enfoque explica por qué el ahorro fiscal no se materializa de manera plena en el corto plazo. Mientras rija la irretroactividad, el Estado sigue pagando las asignaciones vigentes hasta que se extingan de manera natural o hasta que los beneficiarios acepten migrar al nuevo esquema. Por eso, tanto el proyecto como el informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso trabajan con escenarios de transición y de estabilización, que permiten estimar el impacto una vez que ya no existan pasivos bajo los regímenes especiales.

Desde el punto de vista político, los autores del proyecto reconocen que la irretroactividad funciona como un límite estructural a cualquier reforma profunda del sistema previsional, pero sostienen que no puede ser un argumento para mantener privilegios indefinidamente. En los fundamentos se remarca que la derogación apunta a corregir una desigualdad evidente entre la mayoría de los jubilados, que cobran haberes mínimos o bajos, y una minoría que accedió a beneficios excepcionales por su paso por cargos públicos.

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